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Bases Y Condiciones del Programa de Referidos Para Clientes

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1. ORGANIZADOR

El presente programa denominado “Programa de Referidos para Clientes” (en adelante, el “Programa”) es organizado por Powerfleet Argentina S.A. (anteriormente denominada Pointer Argentina S.A.), con domicilio en Olazábal 1515, 6º piso, oficina 601, Cuerpo A, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, CUIT 30-70720358-4 (en adelante, el “Organizador”).


2. ACEPTACIÓN DE LAS BASES

La participación en el Programa implica la aceptación plena y sin reservas de los presentes términos y condiciones (las “Bases”), los cuales podrán ser consultados en lightgoldenrodyellow-meerkat-829465.hostingersite.com/es o solicitados al correo Esta dirección de correo electrónico está siendo protegida contra los robots de spam. Necesita tener JavaScript habilitado para poder verlo.. Toda cuestión no prevista en estas Bases será resuelta por el Organizador, conforme a derecho y en función del espíritu del Programa.


3. VIGENCIA Y ÁMBITO DE APLICACIÓN

El Programa tendrá vigencia en todo el territorio de la República Argentina, desde el 1 de mayo de 2025 hasta el 30 de septiembre de 2025 inclusive.


4. PARTICIPANTES

Podrán participar del Programa todos los clientes activos del Organizador (en adelante, los “Participantes”), entendiéndose por tales a quienes mantengan una cuenta comercial vigente y sin mora al momento de la referencia. No podrán participar, los canales de venta, distribuidores, revendedores, partners comerciales y/o en general otro cualquier tercero que mantenga acuerdos comerciales con el Organizador que regulen compensaciones o incentivos económicos, aun cuando también sean clientes registrados.


5. MECÁNICA DEL PROGRAMA

Los Participantes podrán referir a potenciales nuevos clientes (en adelante, “Prospecto”) bajo las siguientes condiciones:

    1. Requisitos del Prospecto

      Se considerará válida una referencia cuando el Prospecto no tenga unidades activas ni contratos vigentes con Powerfleet al momento de ser referido.


    2. Procedimiento de Referencia

      La referencia deberá realizarse en https://powerfleet.com/ar/referral/customer/, donde se requerirá completar la siguiente información: Razón social del Prospecto; Persona de contacto, teléfono y correo electrónico; Cantidad estimada de unidades. La Gerencia Comercial del Organizador validará la recepción, evaluará la elegibilidad y canalizará el seguimiento interno correspondiente.


6. BENEFICIO

    1. Descripción del beneficio

      Una vez verificada la instalación y activación de las unidades en el Prospecto referido, el Participante recibirá por única vez una nota de crédito en su cuenta comercial, equivalente al monto proporcional del abono mensual que el Participante paga a Powerfleet por la misma cantidad de unidades de su propia flota, según el precio por unidad vigente a fin del mes en que fue realizado el alta de las unidades del Prospecto (en adelante, el “Beneficio”). No obstante, en ningún caso el Beneficio podrá superar el valor proporcional del abono que el Participante pagó a Powerfleet por la misma cantidad de unidades que las activadas del Prospecto. A modo de ejemplo, si se dan de alta 20 unidades en el Prospecto referido y el Participante posee solo 10 unidades de su flota activa, el Participante recibirá en concepto de Beneficio máximo, una nota de crédito por el monto equivalente al abono de dichas 10 unidades pagadas por el Participante a finalizar el mes en que se dieron de alta las unidades del Prospecto referido. Es condición para la emisión de la nota de crédito que el Participante tenga su cuenta comercial al día, de lo contrario se aguardará hasta que la misma se encuentre regularizada, un plazo máximo de 60 días corridos. Vencido el plazo referido, el Participante perderá derecho a reclamar el Beneficio.


    2. Condiciones para la acreditación

      El Beneficio se generará para cada unidad efectivamente instalada y activada. El plazo máximo para cumplir dicha condición será de 60 (sesenta) días corridos, contados desde la validación de la referencia por la Gerencia Comercial.


    3. Naturaleza del Beneficio

      El Beneficio no es transferible, es no reembolsable ni podrá ser canjeado por otro bien o servicio ni dinero en efectivo. Será aplicado exclusivamente a la cuenta del Participante para el pago de servicios o facturas emitidas por el Organizador.



7. LIMITACIONES Y CONDICIONES GENERALES

El Beneficio es único por Prospecto, sin importar si es referido por más de un Participante. En tal caso, se reconocerá únicamente la primera referencia válida registrada. El Beneficio no es acumulable con otras promociones, descuentos, programas de fidelización ni comisiones de ningún tipo. El Organizador se reserva el derecho de rechazar referencias que no cumplan con los requisitos establecidos o que generen superposición con relaciones comerciales vigentes, las que de no ser aplicables serán notificadas a los Participantes en un plazo máximo de 10 días hábiles.


8. MODIFICACIÓN O CANCELACIÓN DEL PROGRAMA

El Organizador podrá en cualquier momento suspender, prorrogar o cancelar el Programa sin que ello otorgue derecho a reclamo alguno por parte de los Participantes.


9. DATOS PERSONALES

Los datos brindados por los Participantes y por cada Prospecto serán tratados conforme a lo dispuesto por la Ley 25.326 de Protección de Datos Personales y normativa complementaria. El titular de los datos personales o sus representantes legales tienen la facultad de ejercer el derecho de acceso a los mismos en forma gratuita a intervalos no inferiores a seis meses, salvo que se acredite un interés legítimo al efecto conforme lo establecido en el artículo 14, inciso 3 de la Ley Nº 25.326. Los Participantes podrán requerir que dicha información le sea suministrada, actualizada, rectificada o removida de la base de datos a su pedido. La Dirección Nacional de Protección de Datos Personales, órgano de control de la Ley Nº 25.326 tiene la atribución de atender las denuncias y reclamos que se interpongan con relación al incumplimiento de las normas sobre protección de datos personales. El registro y participación de la Promoción implicará el otorgamiento por parte del Participante, del consentimiento previsto en los artículos 5º y 11º de la Ley 25.326.


10. JURISDICCIÓN Y LEY APLICABLE

Toda controversia derivada de la aplicación, interpretación o ejecución de estas Bases será sometida a la jurisdicción de los tribunales ordinarios en lo comercial con competencia en la Ciudad Autónoma de Buenos Aires o los que establezca la legislación vigente, renunciando los Participantes a cualquier otro fuero o jurisdicción. El presente se regirá por las leyes de la República Argentina.

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